AYUDAS PARA EL EJERCICIO 2010

AYUDAS DESTINADAS A INCEMENTAR LA COMPETITIVAD DE LA PYME COMERCIAL PARA EL EJERCICIO DEL 2010

(Orden de ayudas del 30 de diciembre del 2009, publicado en el  DOGV Núm. 6195 de 29 de Enero de 2010)

FIN DE PLAZO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS: 28 de febrero del 2010

                                                                             


 

 

BENEFICIARIOS

INVERSIONES SUBVENCIONABLES

INVERSION

MINIMA A REALIZAR POR EL EMPRESARIO

SUBV MAXIMA A RECIBIR

 

POSIBLES INCREMENTOS EN LAS AYUDAS

Sociedades mercantiles y empresarios individuales, calificados como pymes o microempresas(1))

 

Que además  ejerzan la actividad comercial que se especifica  (2),

 

Y que estén  ubicados al menos en planta baja, con al menos una año de antigüedad excepto cuando se trate de comercio agrupado físicamente

 

(1) Microempresa (aquella que

 ocupa a  menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o que su balance general anual no supere los 2 millones de euros)

 

(2) Sólo podrán solicitar dichas ayudas las empresas cuyas actividades del CNAE 2009 sean:

Sección S, 96.01

Sección G (excepto 45.1, 45.2,46.1, 46.2, 46.35, 46.46, 46.6, 46.71, 46.72, 46.75, 46.76, 46.77, 46.9, 47.26, 47.3, 47.73, 47.8 y 47.9)

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimento.

a

Adquisición de inmovilizado material para :

 

Equipamiento para el almacenamiento, exposición y/o venta del producto, incluyendo las licencias de software y las aplicaciones informáticas que sean desarrolladas de forma específica para las necesidades de la empresa

 

 

5.000€

(IVA excluido)

30%

 

Hasta  25.000€

 

 

 

 

 

* En el caso de tratarse de microempresa se podrá obtener + 5% de subvención , respetando los límites máximos subvencionables.

 

 

 

* Los Comercios Excelentes acreditados por Fundación Valenciana de la Calidad, el porcentaje de la subvención podrá incrementarse hasta 5 puntos porcentuales.

b

 

 

Vinculación a forma asociativa e inversiones para la adecuación del establecimiento a tal efecto.

 

 

 

c

 

 

Realización de las Inversiones definidas en los estudios de diagnóstico del punto de venta.

 

 

 

Nota: Únicamente se podrá acceder a una de estas ayudas por establecimiento comercial. Los proyectos deberán ser posteriores a la solicitud de subvención.